Guias y registros, Para maestros y profesores

PLAN DE RECUPERACIÓN DE APRENDIZAJES NO ADQUIRIDOS PLANTILLA Y EJEMPLO

  • ORDEN de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado (BOJA 29-07-2016).
  • ESTATE AL DÍA DE TODOS NUESTROS MATERIALES

    SUSCRIBETE

    ES

    Suscríbete al blog por correo electrónico

    Introduce tu correo electrónico para suscribirte a este blog y recibir avisos de nuevas entradas.

    CAPÍTULO IV

Atención a la diversidad Sección Primera.
Medidas y programas para la atención a la diversidad en Educación Secundaria Obligatoria
Artículo 35. Medidas y programas para la atención a la diversidad.
1. Los centros docentes desarrollarán las medidas, programas, planes o actuaciones para la atención a la diversidad establecidos en el Capítulo VI del Decreto 111/2016, de 14 de junio, en el marco de la planificación de la Consejería competente en materia de educación.
2. Los programas de refuerzo de materias generales del bloque de asignaturas troncales en primer y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, y los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento se desarrollarán conforme a lo dispuesto en la presente Orden.
3. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos para el alumnado que promociona sin haber superado todas las materias, los planes específicos personalizados orientados a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior para el alumnado que no promociona de curso, y las medidas de atención a la diversidad del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, tales como los programas específicos para el tratamiento personalizado, las adaptaciones de acceso, las adaptaciones curriculares, los programas de enriquecimiento curricular y la flexibilización de la escolarización para el alumnado con altas capacidades intelectuales y para el alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo, se desarrollarán de acuerdo con lo establecido en la normativa específica reguladora de la atención a la diversidad que resulte de aplicación para la Educación Secundaria Obligatoria.
4. Los centros docentes deberán dar prioridad a la organización de las medidas, programas, planes o actuaciones para la atención a la diversidad en Educación Secundaria Obligatoria a las que se refiere el Capítulo VI del Decreto 111/2016, de 14 de junio, respecto a otras opciones organizativas para la configuración de las enseñanzas de esta etapa de las que disponen los centros en el ámbito de su autonomía.
captura-de-pantalla-2016-09-07-a-las-19-49-42

PLAN DE RECUPERACIÓN DE APRENDIZAJES NO ADQUIRIDOS

OS DEJO EL QUE HE REALIZADO PARA MATEMATICA 1 ESO

También te puede interesar:

Acerca de orientacionandujar

Orientación Andújar no es solo un blog, es la apuesta personal de dos profesores Ginés y Maribel, que además de ser pareja, son los encargados de los contenidos que encontramos dentro del blog y en el cual, vuelcan la mayor parte del tiempo, que sus tareas como docentes, y voluntarios en sus meses de verano les permite.

Trackbacks / Pings

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *